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Premio Jurídico Vega Sala sobre derecho de familia

1.- Francesc Vega Sala jurista y abogado.

El Letrado Francesc Vega Sala, es miembro fundador de la SCAF y actual Presidente de honor, fue abogado inscrito en todos los Ilustres Colegios de abogados de Cataluña, Profesor en diversas Universidades, Director de la Escuela de Práctica Jurídica del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, ​​uno de los fundadores de la Asociación Española de Abogados de Familia y es un ejemplo para los compañeros y compañeras que se dedican profesionalmente a la abogacía de Familia, de la que es uno de los principales representantes desde una perspectiva de la abogacía moderna, esta tarea ha sido reconocida con varios galardones, como el reconocimiento en el año 2019 por el Consejo de la Abogacía Catalana por su relevante trayectoria personal y profesional en la defensa y el impulso del derecho de familia en Cataluña, y en el año 2020 al serle concedida por el Ministerio de Justicia la Cruz de Honor de la Orden de San Raimundo de Peñafort por su aportación al estudio y desarrollo del Derecho .

Descubrió a los 39 años la profesión de Abogado, a la que llegó indirectamente, al no aprobar el examen de dibujo para acceder a la carrera de arquitectura y matricularse en la Facultad de Derecho para dar satisfacción a sus padres, al tiempo que se licenciaba en Filosofía y Letras por darse satisfacción a sí mismo, lo que le permitió conocer personajes del Grupo de Barcelona como Jordi Folch, Carlos Barral, entre otros

Su primer trabajo Jurídico fue en la organización del Primer Congreso Internacional de Derecho Comparado en el Marco de la Asociación Internacional de Derecho Comparado, que se hizo en Barcelona en 1956, y como les gustó su labor, le llamaron Vicesecretario del instituto de Derecho Comparado, que dependía del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Después pasó a trabajar en la Facultad Internacional de enseñanza del derecho comparado, que tenía su sede en Estrasburgo, ambas instituciones estaban dirigidas por Felipe de Solà y Cañizares (Barcelona, ​​28 de noviembre de 1905 - Estrasburgo, 30 de abril de 1965 ), que fue un abogado y político, diputado en las Cortes durante la Segunda República, colaborar en estas instituciones hizo que profundizara en el conocimiento del derecho comparado europeo y la práctica de contraponer sistemas jurídicos de varios países.

En la primavera de 1966 decidió dejar el instituto de Derecho Comparado para emprender una nueva etapa, junto con un Abogado de la Rota Romana con despacho en Madrid, el compañero, Jose Ezquerra Borao, con el que abrió

un despacho profesional en Barcelona especializado en derecho canónico, donde llevó anulaciones de matrimonios a Tribunales tan dispares como los de Barcelona, ​​Madrid, Roma o Puerto Rico, lo que le permitió viajar a distintos países.

Con la promulgación en 1978 de la Constitución española y la entrada en vigor en 1981 de la Ley del divorcio, las perspectivas jurídicas sobre el Derecho de la persona y de la familia cambiaron, lo que se vio también influido por la posterior entrada en la Unión Europea y la integración de su normativa que, como años antes previó el compañero Vega Sala, implica su armonización.

A esta época, en un primer momento, siendo Decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona José Juan Pintó y Ruiz, promovió la creación de la Sección de Derecho matrimonial y de familia junto con los compañeros Rafael Buxó Borras y Xavier Pérez-Calonge Dumenjó, de la que fue llamado primer Presidente, ya la que se sumó a la junta, pese a no ser abogado, el Juez Eclesiástico Mossèn Jaume Riera Rius, quien acredita un sentido práctico y realista del entorno jurídico y social de la época, ya que permitió que varios compañeros/as pudieran realizar estudios de la licenciatura en Derecho Canónico en la Universidad Pontificia de Salamanca.

En relación a su labor colegial en Barcelona, ​​cabe destacar, siendo Decano de la institución Eugeni Gay Montalvo y Director de la Escuela de Práctica Jurídica en Joan Bassas i Mariné, la creación y dirección de la "modalidad intensiva" de dicha escuela, en la que se convertían las aulas de la escuela en verdaderos despachos con clientes reales.

De su obra se puede destacar “Síntesis práctica sobre la regulación del divorcio en España” o junto a Xavier Pereda Gamez la obra “Derecho de Familia” en Cuadernos de Pedagogía (Wolters Kluwer España).

Su intervención en obras colectivas como Temas candentes de Derecho matrimonial y procesal y en las relaciones Iglesia-Estado, coord. por Rafael Rodríguez Chacón; Diez años de Abogados de familia, coord. por Cristina de Andrés Irazazábal y Gloria Hernández Catalán; “Efectos civiles de las resoluciones canónicas a partir de 2001”, XXI Jornadas de la Asociación Española de Canonistas, coord. por Antonio Pérez Ramos; “La eficacia civil en el ordenamiento español de las resoluciones dictadas según el derecho canónico”, en Hominum c ausa omne ius constitutum est: escritos sobre el matrimonio en homenaje al prof. Dr. José María Díaz Moreno, S.J.. coord. por José María Castán Vázquez; Cristina Guzmán Pérez; Teresa María Pérez-Agua López y José María Sánchez García; "Falta de libertad y nulidad de matrimonio" en Laicos en la iglesia, el bien de los cónyuges: XIX Jornadas de la Asociación Española de Canonistas; La eficacia civil de resoluciones matrimoniales canónicas: temática procesal, en Curso de derecho matrimonial y procesal canónico para profesionales del foro: XXI Semana Española de Derecho Canónico; “La jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo en materia eclesiástica” a Acuerdos Iglesia-Estado español en la última década: su desarrollo y perspectivas.

Es autor de un importante número de artículos publicados en revistas especializadas como la Revista de Derecho de Familia, Revista Jurídica de Cataluña, Manuales de formación continuada del CGPJ, Studia Yuridica, Revista Española de Derecho Canónico, Anuario de derecho civil, El Ciervo ”(Revista mensual de pensamiento y cultura) o Economist & Jurist; en la prensa (La Vanguardia o ABC); y ha intervenido de forma habitual como ponente en eventos organizados tanto por entidades vinculadas a la abogacía (Colegios y Asociaciones), como al resto de operadores jurídicos como son la Conselleria de Justicia o el Consejo General del Poder Judicial.

Ha sido un espectador privilegiado en la evolución de la abogacía y en la modernización del Derecho de Familia, donde ha intervenido activamente con una importante labor doctrinal y ha participado en la redacción de nuevas normas donde se favorecieron la igualdad, los derechos de los menores o el reconocimiento de los nuevos modelos de familia, teniendo una especial influencia en las normas de derecho catalán sobre la materia.

Con el espíritu precursor del jurista y abogado Vega Sala y como homenaje a su labor, por medio de un Premio se quiere promover por la SCAF, de la que fue uno de los fundadores, la investigación y el estudio jurídico en Derecho de Familia.

El Premio Jurídico Vega Sala está destinado a la mejor monografía y el mejor artículo inéditos sobre Derecho de Familia.

2.- Bases del concurso.

De conformidad con las previsiones acordadas en la Asamblea General de la SCAF y por acuerdo tomado por la Junta ejecutiva de la sociedad se convoca la Primera Edición del Premio Jurídico Vega Sala sobre derecho de familia destinado a galardonar la mejor monografía inédita y el mejor artículo sobre cualquier materia relativa al Derecho de familia de acuerdo con las siguientes Bases:

  1. Podrán optar al Premio los abogados/as, los Licenciados/das en Derecho, másteres o grados en Derecho.
  2. No podrán presentarse al Premio los miembros de la Junta de SCAF ni sus familiares, tampoco los trabajadores o colaboradores de la SCAF o de los despachos de los miembros de la Junta, así como tampoco los miembros del Jurado.
  3. La fecha límite de presentación de los trabajos es el 12 de septiembre de 2022.
  4. Cada concursante sólo podrá presentarse con un único trabajo.
  5. Esta Primera edición del Premio Jurídico Vega Sala sobre derecho de familia tiene dos modalidades:
    Modalidad A: Premio a la mejor monografía inédita que está galardonada con CINCO MIL EUROS (5000,00 euros).
    Modalidad B: Premio al mejor artículo inédito que está galardonada con MIL EUROS (1000,00 euros).
    El importe del premio otorgado estará sujeto a las retenciones establecidas por la legislación fiscal vigente.
  6. Modalidad A: Premio a la mejor monografía inédita.
    Las personas interesadas en participar en el concurso en la modalidad de Premio a la mejor monografía inédita tendrán que enviar a la sede de la SCAF, dentro del plazo establecido, la correspondiente solicitud dirigida a la Junta ejecutiva de la SCAF acompañada del trabajo presentado a concurso, por cuadruplicado ejemplar, escrita en cualquier lengua románica y con una extensión mínima equivalente a ciento cincuenta hojas a doble espacio, junto con un resumen (abstract) del trabajo de un máximo de doscientas palabras en catalán o castellano, y con los datos de identificación del autor o autores, complementados con un currículum académico y/o profesional, de la que se podrá solicitar por la SCAF su acreditación.
    Igualmente, se acompañará una memoria USB con un ejemplar en formato electrónico de toda la documentación antes citada.
  7. Modalidad B: Premio al mejor artículo.
    Las personas interesadas en participar en el concurso en la modalidad de Premio al mejor artículo inédito tendrán que enviar a la sede de la SCAF, dentro del plazo establecido, la correspondiente solicitud dirigida a la Junta ejecutiva acompañada del trabajo presentado a concurso, por cuadruplicado ejemplar, escrita en cualquier lengua románica y con una extensión mínima equivalente a cuarenta hojas a doble espacio, junto con un resumen (abstract) del trabajo de un máximo de doscientas palabras en catalán o castellano, y con los datos de identificación del autor o autores, complementadas con un currículum académico y/o profesional, de la que se podrá solicitar por la SCAF su acreditación.
  8. La Junta ejecutiva de la SCAF nombrará al Jurado del Premio, que estará formado por miembros de la Junta y en su caso, por juristas de reconocido prestigio.
  9. El Jurado, que podrá declarar desierto el Premio en cualquiera de las dos vertientes, se reserva el derecho de hacer mención especial, sin derechos económicos, de alguno de los trabajos no premiados que por su calidad e interés se realicen. dignos. El plazo para la decisión del Jurado podrá ser ampliado cuando el número y extensión de los trabajos presentados a concurso así lo aconsejen.
  10. La decisión del Jurado será notificada por escrito o por correo electrónico a las personas interesadas en un plazo de quince días desde la fecha de la resolución y se hará publicidad mediante la publicación en la página web de la SCAF y en las redes sociales.
    La entrega del Premio Jurídico Vega Sala se prevé que se efectuará las Jornadas organizadas anualmente por la SCAF en Barcelona donde el autor deberá concurrir de forma presencial a realizar una exposición del trabajo y recibir el Premio.
  11. La Sociedad catalana de abogados de Familia se reserva los derechos de autor de una primera edición de la monografía y del artículo premiados.
    La retribución por la cesión de derechos de autor de esta primera edición estará incluida en el importe del premio.
    Pasados ​​seis meses después del otorgamiento del Premio sin que el SCAF haya iniciado la publicación, se entenderá que renuncia a la misma.
  12. En el supuesto de que el trabajo galardonado no sea publicado por la SCAF en el plazo indicado o en ediciones posteriores, los ganadores/as tendrán que incluir en todas las ediciones de una referencia a que la obra ha sido galardonada por la SCAF con el Premio Jurídico Vega Sala sobre derecho de persona y familia otorgado por la Sociedad Catalana de Abogados de Familia.
  13. La participación en este Premio supone la plena aceptación de estas bases.

Barcelona, a 4 de junio de 2021

La junta.

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